El Estado debe obtener el consentimiento libre, previo e informado antes de aprobar cualquier proyecto de desarrollo que afecte las tierras y recursos de los pueblos indígenas.
Los Estados deben obtener el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas antes de aplicar medidas legislativas o administrativas que los puedan afectar.
El Artículo 10 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas afirma que no se puede desplazar a la fuerza a las comunidades indígenas de sus territorios.
Por el Derecho al Consentimiento Libre, Previo e Informado, los gobiernos tienen que mantener a las comunidades indígenas informadas sobre cualquier proyecto que quieran desarrollar en sus tierras y escuchar sus opiniones antes de realizarlo.
Para que este derecho sea aplicado de manera justa, se debe de respetar lo siguiente: 1. Desde el inicio de un proyecto se debe consultar a los pueblos indígenas; 2. Se debe otorgar el tiempo necesario para que los pueblos indígenas reciban todo la información sobre los proyectos y sus impactos; 3. Se debe dar información en las formas tradicionales de cada pueblo; 4. Se debe evitar cualquier tipo de influencia en opiniones hacia los pobladores; 5. Se debe documentar cualquier decisión en forma detallada.